Comunicado de interés.

Animamos a todos nuestros compañeros, que reúnan las condiciones requeridas, a iniciar la correspondiente tramitación.

¡¡¡   FELIZ AÑO NUEVO COMPAÑEROS !!!

Nuestro primer logro

Este pasado año, entró en vigor la Ley de Policías Locales de Andalucía. En lo que afecta a la jubilación de los policías locales, en su artículo 42, se establecen las condiciones para acceder a la misma, y en una de ellas, “la declaración de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez”. Se trata de la inclusión de la propuesta  que en su día presentó nuestra  Asociación, y en particular, nuestra Delegación en Andalucía, más concretamente gestionada por el compañero Rafael Jesús Moreno Palmero, y  que se integró en las enmiendas  presentadas por los partidos PP, P.S.O.E. y Vox. Para nosotros, es un dato muy importante, dado que supone alcanzar un primer éxito  que nos anima a seguir luchando por nuestros objetivos. Tenemos mas iniciativas para este año entrante, de las que iremos informando en cuanto tengamos datos de interés.  ¡¡¡ Feliz Año Nuevo a todos, compañeros !!! .

Ya es Navidad  !!!

Felicidades compañeros.

Desde esta página , os trasladamos nuestro deseo de que ,  estas entrañables fiestas que se aproximan , podáis disfrutarlas plenamente junto a vuestra familia y amigos , y que , además , resulten inolvidables. Esperamos que el próximo año nos depare buenas noticias para nuestro colectivo .

¡¡¡ FELIZ NAVIDAD !!!

 

 

Nuestro Delegado en Andalucía, condecorado en el Puerto de Santa María

Imágenes del acto.

DISTINCIONES A AGENTES DE LA POLICÍA LOCAL, EN EL PUERTO DE SANTA MARÍA

El Puerto de Santa María, en Cádiz, distingue a los agentes de Policía Local que cumplen 25 y 40 años de servicio.

Dos agentes, Juan Moscoso Márquez y Juan Carreto Vega, de la A.P.L.J.E, han recibido medalla por cumplir 40 años de labor continuada.

El alcalde de El Puerto, Germán Beardo, acompañado del teniente de alcalde de Seguridad y Policía Local, Jesús Garay, y el Intendente Principal, David Viñuela, han impuesto este viernes las distinciones a los agentes en el Salón Regio del Ayuntamiento. 

¡¡¡ Enhorabuena compañeros por este reconocimiento !!!

NOTA DE PRENSA DELEGACIÓN ANDALUCÍA

Delegado de Andalucía A.P.L.J.E.

El pasado  23 de mayo de 2.023, la Junta Directiva de esta Asociación, en base al Art.13 e, de sus Estatutos, procedió a designar como Delegado en la Comunidad de Andalucía, al socio D.JUAN CARRETO VEGA. Sus funciones consisten en representar a la Asociación ante cualquier entidad u organismo, tanto público, como privado, así como gestionar, organizar y coordinar todas las actividades que se desarrollen en la citada Comunidad Autónoma.

Nuestro compañero es  Sub-inspector Jubilado de la Policía Local de El Puerto de Santa María, provincia de Cádiz, y en la actualidad colabora también como  voluntario en la Agrupación de Protección Civil de dicha localidad.

Estamos muy  orgullosos del nivel de compromiso y dedicación de éstos policías jubilados que se están ofreciendo  a colaborar e implicarse plenamente con nuestro proyecto, dedicando parte de su tiempo para poder hacer realidad  nuestros objetivos. Son por tanto, nuestra mejor carta de presentación y la garantía de que seguiremos creciendo.

" NOS SEMPER QUOD ESSEMUS", compañero.

No, no hemos desaparecido.

Todos aquellos que nos siguen habrán detectado la falta de actividad en las redes desde hace algún tiempo,  y se preguntarán cuál es el motivo, y en todo caso, si es que hemos abandonado nuestro proyecto. Nada más lejos de la realidad, todo se debe a una decisión meditada con el objetivo de adaptarse a la situación actual.

Sucede que, todas y cada una de nuestras pretensiones, cada uno de nuestros proyectos, solo se entiende en el ámbito de la administración local y autonómica, que son las que tienen competencias sobre los policías locales, y por tanto , todas nuestras demandas  se deben gestionar desde ese nivel. Pero en estos momentos nos encontramos en unas fechas muy próximas a un proceso electoral y consideramos que es necesario esperar a que éste finalice y  podamos conocer quienes tendrán las responsabilidades de gobierno, y por tanto, a quién deberemos dirigirnos en un futuro próximo. Por ello, hemos decidido esperar el instante adecuado para continuar con nuestras reivindicaciones, y no formalizar  por tanto  hasta entonces, ninguna iniciativa que pudiera ser afectada por los futuros resultados que desconocemos , y de los  que, como no puede ser de otra manera, no nos vamos a pronunciar.

Somos mayores, tenemos experiencia, conocemos sobradamente como transcurren estos procesos, y mientras tanto, seremos pragmáticos, o tal vez desconfiados, pero esperaremos hasta próximas fechas, cuando se configuren y establezcan los próximos gobiernos, para continuar con nuestras acciones.

Hasta entonces, seguimos esperando el momento, y también, a que muchos más de vosotros se unan a esta iniciativa. Pronto tendréis nuevas noticias. 

 

P.L.J.E.

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COMPLEMENTO DE MATERNIDAD PARA HOMBRES PENSIONISTAS Y JUBILADOS
 

En el artículo 3 de nuestra Asociación, en el que se describen nuestros fines,  se establece como uno de ellos, el de velar por la defensa de los intereses colectivos e individuales de los afiliados. A su vez, en las actividades mencionadas en su artículo 4, se hace referencia a ofrecer asesoramiento e información a los asociados,  en materias relacionadas con su situación de policía jubilado.

Es importante realizar estas matizaciones  al objeto de que en ningún momento,  se pueda efectuar ninguna interpretación ajena a la finalidad de la información que os transcribimos a continuación.

En el año 2015 se reconoció el llamado complemento por maternidad por aportación demográfica a las mujeres que cumplieran determinados requisitos, entrando en vigor en enero de 2016. Este complemento estuvo vigente hasta el 4 de febrero de 2021 y fue sustituido, para pensiones causadas a partir de febrero de 2021, por el nuevo complemento para la reducción de la brecha de género

Una sentencia del  Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 12 de diciembre de 2019, consideró discriminatorio que se negara el reconocimiento del complemento de maternidad a los hombres, si se encontraban en la misma situación que las mujeres.

En dos recientes Sentencias de febrero de 2021, el Tribunal Supremo ha establecido que “los hombres que reúnan las exigencias establecidas tienen el derecho a que el complemento de pensión por aportación demográfica se les reconozca con efectos retroactivos”.

Este complemento de la pensión oscila entre un 5 y un 15 por ciento de incremento de la misma, en función del número de hijos, y pueden reclamarlo aquellos varones que accedieron a su pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y tengan dos o más hijos. Por otra parte, en caso de obtener su concesión, tiene  efectos retroactivos desde la fecha de jubilación.

La firma  “TERTIUM  ABOGADOS”, despacho de reconocido prestigio, especializado en este tipo de reclamaciones y que actúa en todo el territorio nacional, nos  ha ofrecido una propuesta de tramitación , con honorarios mejorados para los policías locales jubilados, y que abarca tres modalidades de presupuesto aptas para cualquier situación económica del afectado.

Desde cualquiera de las imágenes al margen, podéis acceder  a su página web, en dónde encontrareis la información necesaria , y  a la vez, contactar  con estos profesionales si este asunto resulta de vuestro interés. Recomendamos, a los compañeros  que puedan cumplir los requisitos, que accedan a la misma para obtener un conocimiento exacto de las condiciones y del procedimiento a seguir.

Reiteramos finalmente, pare evitar  opiniones distorsionadas, que no existe relación contractual alguna con la razón social de referencia, y que esta Asociación no obtiene mas beneficio que la satisfacción de que algunos de nuestros compañeros jubilados puedan acceder a esta prestación.

Queremos vestir nuestro uniforme.

En actos reglamentariamente establecidos.

Todo aquel que se haya interesado por conocer los fines de nuestra Asociación, sabrá de nuestra voluntad por conseguir hacer realidad uno de nuestros objetivos: el  de  que todos los policías locales jubilados  que prestaron su servicio  en todo el territorio nacional, puedan hacer libremente uso del uniforme, condecoraciones y placa adecuada a su estado, en cualquier acto social, oficial o protocolario, al que deseen  asistir, y consideren hacerlo  de la forma descrita en la correspondiente normativa.

En este momento, tan solo la Comunidad Valenciana y las Islas Baleares, contemplan en Disposiciones transitorias, que los policías locales jubilados “mantendrán la condición de miembro jubilado del cuerpo, con la categoría que ostentasen en el momento de la jubilación, podrán vestir el uniforme en actos institucionales y sociales solemnes, disponer del correspondiente carné profesional y conservar la placa emblema convenientemente modificados de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine”, y en el mismo sentido parece ser que se reconocerá en la futura Ley de Policía Local de Andalucía, y también en el Anteproyecto de Ley de la Comunidad de Castilla – La Mancha.

Si bien esta situación ya constituye un agravio comparativo para el resto de compañeros jubilados de las demás Comunidades Autónomas, tampoco resulta mas alentadora para el resto, dado que, después de muchos años  aún “NO SE HA DETERMINADO  REGLAMENTARIAMENTE”, y por tanto, seguimos sin saber de qué manera debemos actuar en el momento de ejercer uno de nuestros derechos, aunque, en honor a la verdad, debemos admitir que en las Islas Baleares  si  se reconoce reglamentariamente la tarjeta de identificación como “POLICÍA JUBILADO”.

Antes de continuar con estas líneas, advertimos que en ningún caso es nuestra intención  aleccionar a nadie a que actúe de una manera determinada ante esta situación, sólo pretendemos transmitir nuestra opinión  respecto  a un verdadero despropósito.

En la actualidad, ninguna de las Comunidades que  han reconocido nuestro derecho a portar  la placa emblema modificada para los policías jubilados, se entiende que en el uniforme, ha procedido a su reglamentación, y por el periodo de tiempo transcurrido desde la promulgación de las correspondientes leyes, nos encontramos ante otro claro ejemplo de mal funcionamiento de algunas administraciones. 

En las Comunidades que ya hemos mencionado y que reconocen como derecho el uso del uniforme, los policías jubilados  no deben tener problema alguno, dado que la norma refiere diversos derechos, uniforme, carné y placa, por lo que, en cuanto al uniforme, se entiende que está totalmente autorizado aunque lamentablemente no esté completo. Entendemos que a  la placa policial, en la que se encuentra el escudo del municipio  y su  topónimo, así como la leyenda  “POLICIA LOCAL”. sólo se necesita añadir  la leyenda  “POLICIA JUBILADO, en el lugar en dónde se  encontraba  el número de identificación policial, y sinceramente, salvo que existan otras razones, no podemos entender que no se haya reglamentado aún.

En cualquier caso, aún sin la correspondiente placa, los policías locales jubilados podrán utilizar su uniforme , y de ningún modo podrán ser expedientados, dado que ya no ostentan la condición de funcionarios y por tanto, no  les  es de aplicación régimen disciplinario alguno.

A nivel administrativo, “el uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos, así como otros elementos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use, cuando no sea constitutivo de infracción penal”, infracción grave que contempla la vigente  Ley de Seguridad Ciudadana, resulta una norma subsidiaria del tipo penal, que exige explícitamente la existencia del engaño, que en ningún caso se presenta cuando se acude a un acto en las condiciones ya mencionadas.

En cuanto a la responsabilidad penal, establece el Código Penal que, “El que sin estar autorizado usare pública e indebidamente uniforme, traje o insignia que le atribuyan carácter oficial será castigado con la pena de multa de uno a tres meses”. Este presupuesto se encuentra incluido dentro del título relativo a las falsedades, y también exige necesariamente el engaño como elemento subjetivo del injusto.

Y siguiendo en el ámbito penal, existe una Ley en algunas Comunidades que autoriza el uso del uniforme en determinados casos, y por tanto, no es aplicable la definición  del delito de usurpación de funciones públicas  “por realizar actos propios de una autoridad o funcionario, atribuyéndose carácter oficial, careciendo de las condiciones precisas”, porque además, se requiere  “el ejercicio del acto propio de una autoridad o funcionario público, la falta de legitimación y la atribución de carácter oficial, siendo este elemento el que presta el carácter genuinamente propio de una falsedad personal”, elementos que no se aprecian en la acción.

Una sentencia  absolutoria del Tribunal  Supremo establece  en relación a este delito que: “Es necesario para que efectivamente estemos ante la realización del delito de usurpación de funciones públicas, que el sujeto activo, en el despliegue de su actividad funcionarial que quiere usurpar, alcance a producir en el sujeto pasivo un engaño suficiente, que le haga creer que está ante la autoridad o funcionario público que se le presenta. Si no logra engañar o crear en el sujeto pasivo una duda tal sobre si realmente es una autoridad o funcionario público, que haga inoperante el despliegue de esa actividad usurpadora, no podrá decirse que el delito se ha cometido y si la falta de engaño o duda es desde el principio, ni siquiera que se ha intentado, no se dará la figura delictiva objeto de acusación”.

Entendemos que existen argumentos suficientes para el uso del uniforme en las Comunidades que así lo contemplan, a pesar de que no se haya regulado el uso de la placa, pero consideramos también que no se están contemplando los derechos del resto de policías locales jubilados del resto del Estado Español, y nuestra primera norma jurídica jerárquicamente, la Constitución, determina claramente la igualdad de todos los españoles ante la ley sin que pueda existir discriminación alguna, entre otras razones, por circunstancias personales y sociales, por lo que estos compañeros no están siendo tratados de la misma manera.

Desde esta Asociación, continuaremos nuestro trabajo para lograr que en un futuro todos los policías locales jubilados disfrutemos de los mismos privilegios y obligaciones, y consideramos que, a pesar de la actual situación de las demás Comunidades Autónomas que aún no han incluido en su legislación la posibilidad del uso del uniforme para los policías jubilados en determinados casos, no debería existir inconveniente alguno, por las razones que hemos mencionado con antelación, y  siempre que se solicite autorización a la Alcaldía o Jefatura correspondiente, para que nuestros compañeros pudieran acudir a determinados actos luciendo con orgullo su uniforme.

Ese es el camino, 
¡ felicidades ! , compañeros.

Hemos tenido conocimiento por diversos medios de comunicación, y desde su propia página web, de que a finales  del mes de noviembre del pasado año, la Asociación de Veteranos de Policía Local de Murcia y la Asociación Cultural de Bomberos Jubilados de Murcia, formadas por profesionales jubilados de ambos sectores, firmaron un convenio con el Ayuntamiento de Murcia, para colaborar  y asistir al Servicio de Protección Civil de esa ciudad.

Mediante este convenio, se establece que los integrantes de ambas asociaciones colaborarán a partir de ahora en el desarrollo de actividades dirigidas al asesoramiento y apoyo a Protección Civil en situaciones de emergencias colectivas y grandes concentraciones humanas, así como en la promoción y formación al voluntariado de Protección Civil en materias de seguridad vial, conducción en emergencias, apoyo en extinción de incendios forestales, búsqueda y rescate de personas,  o grandes concentraciones humanas. También prestarán apoyo en los ejercicios y simulacros, como evaluadores para mejorar la coordinación y actuación en emergencias, y colaborarán en la formación y divulgación a la población en materias de autoprotección y emergencias, asistiendo a distintos centros sociales y culturales exponiendo las medidas de autoprotección que debe adoptar la población en los distintos tipos de riesgos como en caso incendio, incidente sísmico, inundaciones y otras emergencias.

La Asociación de Veteranos de Policía Local de Murcia y la Asociación Cultural de Bomberos Jubilados de Murcia están formadas por profesionales jubilados de ambos sectores, y como así manifiesta el Señor Alcalde, D. José Antonio Serrano Martínez: “con los conocimientos propios de su profesión, la experiencia de toda una vida en el cumplimiento de su trabajo y un interés de seguir colaborando de forma altruista en la protección y socorro de personas y bienes en la medida de sus posibilidades”. 

Los profesionales de Policía Local y Bomberos disponen de amplio conocimiento del territorio municipal, y una experiencia dilatada en actuaciones en distintas emergencias, y por tanto, pueden asesorar y apoyar en grandes emergencias o en grandes dispositivos indicando los accesos o rutas de evacuación más recomendables y de otros elementos de riesgo a tener en cuenta.

Desde nuestra Asociación, felicitamos a nuestros compañeros policías locales jubilados de Murcia, y por supuesto a los bomberos, siempre tan cercanos a la actividad policial, por el acuerdo alcanzado, dado  su interés para ambos colectivos  y para el conjunto de la sociedad, y también porque esta iniciativa viene a evidenciar que es posible reconocer  que los policías locales, a pesar de estar jubilados, aún  tienen capacidad suficiente para afrontar nuevos retos.

Finalmente, agradecemos al Sr. Alcalde de Murcia el que haya apostado por un proyecto novedoso y ejemplar, que seguro abrirá un nuevo horizonte para otras iniciativas, a la vez que,  transmitimos a todos  los dirigentes municipales de todo el territorio nacional, nuestra petición de  que, a la vista de este evidente ejemplo, apoyen los argumentos de nuestros compañeros cuando así se los den a conocer.

¡YA HEMOS LLEGADO AL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA !

Como así se refleja en nuestros Estatutos, esta Asociación pretende ser absolutamente independiente y nunca se pronunciará respecto a consideraciones ideológicas de ningún signo, respetando siempre las creencias y opiniones de sus afiliados, y manteniéndose totalmente al margen de debates relacionados con la vida política, aunque en todo caso, si defenderá los intereses de sus afiliados.

Y es necesario recordar esos principios, para que, en esta noticia que vamos a ofreceros, no exista ningún género de duda sobre nuestra imparcialidad, y de que nos afirmamos en el respeto a la pluralidad  de ideas de nuestros asociados, así como que esta Asociación no tiene relación alguna con partido político ni organización sindical, pero si aceptará toda colaboración para mejorar las condiciones de los policías locales jubilados, independientemente del ideario de quien nos la ofrezca. Esperemos que nadie se interese pues, en calificarnos políticamente, dado que no existe vinculación alguna, como así lo manifestamos.

Como ya  habéis podido comprobar mediante la lectura de los diversos documentos que ya hemos publicado con anterioridad, POLICIAS LOCALES JUBILADOS DE ESPAÑA, inició diversas acciones encaminadas a dar a conocer a los legisladores andaluces, nuestro criterio en relación a la inclusión en el texto de la futura Ley de Policía Local de Andalucía,  la consideración de los policías locales  que causaron baja por invalidez, como motivo de jubilación, y también, el reconocimiento de los policías jubilados como miembros del Cuerpo.

Tras remitir nuestras peticiones al Excmo. Sr. Consejero y al Sr. Jefe de Gabinete de Presidencia, en el sentido que se plasma en los escritos a los que ya nos hemos referido,   enviamos correos electrónicos a los distintos grupos que conforman el actual Parlamento de Andalucía, es decir: Partido Popular, Partido Socialista Obrero Español, Vox , Por Andalucía y Mixto-Adelante Andalucía conteniendo toda la documentación.

De todos ellos, sólo hemos recibido hasta la fecha, la contestación del Gabinete Portavoz Grupo Parlamentario / RRII / Protocolo  del Grupo Parlamentario Vox Andalucía. En dicho correo, D. Manuel Beas Quesada, amablemente nos ofrecía la posibilidad de mantener una reunión en sede parlamentaria, al objeto de  conocer en profundidad y debatir, el contenido de nuestras propuestas.

Y efectivamente, como así se había acordado, nuestro representante debidamente legitimado, D. Rafael Jesús Moreno Palmero, miembro de nuestra Delegación en Andalucía, fue recibido el pasado viernes 20 de enero, por D. Benito Morillo Alejo, Presidente de la Comisión Legislativa de Justicia, Administración Local y Función Pública. El encuentro, que nuestro compañero ha calificado como muy satisfactorio, transcurrió de forma cordial, mostrando el Diputado una evidente atención y receptividad, y manifestando su apoyo y acuerdo con nuestras propuestas,   comprometiéndose a la vez  a elevarlas  en una enmienda al Proyecto de Ley.

En el momento de redactar este texto, tenemos conocimiento de que los documentos para presentar las mencionadas enmiendas ya están finalizados, y que serán entregados a corto plazo en el correspondiente Registro. Aún tenemos la  esperanza de que el resto de Grupos Parlamentarios contacten con nosotros y accedan a que nuestra iniciativa progrese en beneficio de nuestro colectivo.

 

 

 

 

Imágenes de la reunión.

Aquí podéis visualizar imágenes del encuentro entre nuestro compañero D. Rafael Jesús Moreno Palmero y   el Diputado D. Benito Morillo Alejo, en el Parlamento de Andalucía, lugar en el que pudimos por fin comunicar libremente nuestras inquietudes.

También nos hemos dirigido al Parlamento 
de Andalucía

Remitida petición a la Junta de Andalucía

Podéis examinar los documentos remitidos al Jefe de Gabinete de Presidencia del Parlamento de Andalucía, solicitando se de conocimiento de nuestras propuestas a los distintos Grupos Parlamentarios.

Se ha remitido a la Junta de Andalucía, solicitud para que en la futura Ley de Policía Local de Andalucía se considere como jubilados a los policías locales que perdieron su condición de funcionario como consecuencia de una incapacidad, a la vez que, también  proponemos, que los policías locales jubilados sean considerados como miembros jubilados del Cuerpo.

 

 

 

Puedes acceder al contenido  de los documentos situando el puntero  sobre la imagen.

 

¿ Es éste tu equipo ?

Iniciado un nuevo año, sería preceptivo por parte  de los responsables de cualquier asociación, efectuar un exhaustivo y transparente informe de todas sus actividades y resultados, pero en nuestro caso, y sólo por esta vez, esta norma no podrá cumplimentarse, dado que, a pesar de que decidimos iniciar nuestro proyecto en el mes de junio del pasado año, lo cierto es que, tras esperar a finalizar todos los trámites relativos a nuestra legalización, apenas han transcurrido menos de tres meses en los que hemos estado dedicados, esencialmente, a estructurar e ir dando forma a la organización , por lo que  aún no podemos efectuar valoraciones realmente objetivas.

Vivimos una época de intensos debates en relación a diversas concepciones enfrentadas sobre principios en los que debe fundamentarse nuestra sociedad, y nosotros, fieles a lo establecido en nuestros estatutos, no vamos a realizar  valoración alguna que pudiera entenderse como de signo político. Pero no podemos abstraernos de lo que resulta evidente, los policías locales jubilados, y los policías locales pensionistas por incapacidad, salvo excepciones, somos personas de edad, y estamos expuestos  a ser discriminadas por esa razón, como sucede a veces lamentablemente, no sólo en el ámbito de nuestra antigua profesión, sino  también como con cualquier ciudadano común, y esa es una de las razones que ha motivado, entre otras,  el inicio de nuestro sueño. 

Queremos el espacio que nos corresponde, porque todos los policías locales que han prestado servicio hasta perder su condición de funcionario han sacrificado toda su vida para cumplir las condiciones de trabajo exigidas, a veces, realmente duras, teniendo que renunciar a compromisos  sociales y familiares, anteponiendo su deber a cualquier interés personal, y en definitiva, comprometidos con su tarea, y todo ello significa que nos consideramos moral y legítimamente autorizados a reclamar  en este momento de nuestras vidas, el derecho a ser merecedores de unas determinadas consideraciones.

Ante un futuro incierto y unos objetivos aún lejos de nuestro alcance, queremos comunicar que vamos a seguir en nuestro empeño y que a pesar de los numerosos inconvenientes, no estamos dispuestos a ceder. Pero para  ello, necesitamos formar un gran equipo de compañeros que sumen su esfuerzo para que podamos crecer, necesitamos que se sude la camiseta para alcanzar una victoria, y para ello, te necesitamos a ti, policía local jubilado o pensionista, te estamos esperando, no dejes que nos derroten.

Por nosotros, nadie va a quedarse atrás.

Cuando iniciamos nuestro proyecto, procuramos identificar detenidamente   las situaciones a las que se enfrentaban los policías locales una vez habían  obtenido su condición de jubilado, independientemente de que esa jubilación resultara  ordinaria o voluntaria, pero lamentablemente,  omitimos  tener en cuenta a muchos compañeros que se encontraban ante un escenario diferente y muy  especial. Son los policías locales que en su momento sufrieron la  incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala, recibieron  el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta, o  una incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de sus funciones, siempre en el ámbito de  su condición de funcionarios de la Policía Local y que, en la actualidad  ya no ejercen como tales.

Entendemos que cualquier compañero  que haya prestado sus servicios en los Cuerpos de Policía Local y que, como consecuencia de una   enfermedad o accidente, hubiera tenido que abandonar obligatoriamente su condición de funcionario, debe tener los mismos derechos que reclamamos para nosotros los jubilados, con independencia de los años que hubieran desarrollado su función. Resulta un injusto y un agravio comparativo no considerar como iguales a todos estos policías, y por tanto, debemos incluirlos en todas y cada una de las reivindicaciones que podamos proponer. 

A continuación, os hacemos llegar el escrito remitido por un compañero, Rafael Jesús Moreno Palmero, Inspector jubilado de la Policía Local, a la Junta de Andalucía,  solicitando  se incluya en la redacción del texto de la futura Ley de Coordinación de Policías Locales de Andalucía la correspondiente referencia para reconocer de pleno derecho a los policías jubilados que forman este colectivo que hemos mencionado. Este documento, figura como recibido por el Gabinete del Presidente de la Junta de Andalucía, el 19  de septiembre de 2022,  con la referencia EXPTE RELAINS E 847_22,  y en el mismo, se compromete a considerar la propuesta presentada.

Por nuestra parte, como Asociación, iniciaremos en breve acciones encaminadas a solicitar  a  las Administraciones, que se contemplen esos derechos en todas y cada una de las normas  dictadas de carácter autonómico o local, relativas a las Policía Locales.

Transcripción exacta del documento que citamos:

Me dirijo a usted para hacerle llegar una propuesta de modificación de la futura Ley de Policías Locales de Andalucía.


TEXTO DEL ACTUAL PROYECTO DE LEY de POLICÍAS LOCALES QUE HA DECAÍDO TRAS LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES:
 

Jubilación
Artículo 42. Jubilación.
1. La jubilación del personal funcionario de los cuerpos de Policía Local podrá ser:
a) Voluntaria, a solicitud de la persona.
b) Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida.
2. Procederá la jubilación voluntaria, a solicitud de la persona interesada, siempre que reúna los requisitos y condiciones establecidos en el régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.
3. La jubilación forzosa de las personas integrantes de los cuerpos de la policía local se declarará de oficio al cumplir la edad que se determine en el Estatuto Básico del Empleado Público o normativa específica para los cuerpos de las policías locales.
4. El personal funcionario de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía que hayan perdido dicha condición por jubilación, sea forzosa o voluntaria, mantendrán la condición de policía local jubilado, con la categoría que ostentasen en el momento de la jubilación, podrán vestir el uniforme en actos institucionales y sociales solemnes, disponer del correspondiente carnet profesional y conservar la placa convenientemente modificada, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, sin que implique en ningún caso la posibilidad de portar armas de fuego.


Con la actual redacción dada a los puntos 1 y 4 de este artículo 42, los que hemos sido funcionarios de los Cuerpos de Policías Locales de Andalucía y nos jubilamos por haber sido declarada de oficio nuestra incapacidad laboral (ya fuese permanente o absoluta),
quedaremos fuera del reconocimiento de esta especial y entrañable vinculación con el Cuerpo de Policía Local al que pertenecimos durante muchos años. Lo cual creo que sería un agravio innecesario y sin ningún sentido.
En mi caso estuve 26 años de servicio (primero como Oficial en Campillos, provincia de Málaga, y después sucesivamente como Subinspector e Inspector en El Puerto de Santa María, en la provincia de Cádiz). Considero que sería profundamente injusto y discriminatorio que se nos excluya de este derecho que la futura Ley de Coordinación otorgará a los jubilados ( pero no a todos). 

Para mí sería y lo digo con toda sinceridad, un agravio innecesario y sin ningún sentido.


EL vigente ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO ( Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), que dispone que:
“Artículo 67. Jubilación. 1. La jubilación de los funcionarios podrá ser:
a) Voluntaria, a solicitud del funcionario.
b) Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida.
c) Por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala, o por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o, incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala.”
 

SOLICITO RESPETUOSAMENTE:


Que a los artículos 42.1 y 42.4 del Proyecto de la Ley de Policías Locales, en el trámite parlamentario que se siga próximamente, se le dé una nueva redacción a través de la correspondiente enmienda para que no suframos un trato injusto y discriminatorio, con el siguiente texto alternativo que propongo (añadiéndole la letra C del artículo 67.1 del vigente Estatuto Básico del Empleado Público al artículo 42.1 de nuestra Ley de Policías Locales), quedando redactado así:


1. La jubilación del personal funcionario de los Cuerpos de Policía Local podrá ser:
a) Voluntaria, a solicitud del funcionario.
b) Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida.
c) Por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala, o por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o, incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de sus funciones.


Y que al apartado 4 del actual artículo 42 del Proyecto de Ley de Policías Locales, se le de la siguiente redacción ( en consonancia con mi propuesta anterior, y con el el artículo 67.1 del propio Estatuto Básico del Empleado Público):


“4. El personal funcionario de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía que hayan perdido dicha condición por jubilación, sea forzosa, voluntaria o por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala, o por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o, incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de sus funciones mantendrán la condición de policía local jubilado, con la categoría que ostentasen en el momento de la jubilación, podrán vestir el uniforme en actos institucionales y sociales solemnes, disponer del correspondiente carnet profesional y conservar la placa
convenientemente modificada, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine, sin que implique en ningún caso la posibilidad de portar armas de fuego.”
 

Espero de su generosidad y de su sentido de la justicia que atiendan mi petición.
 

Muchas gracias.
 

El Puerto de Santa María a 2 de agosto de 2022
Rafael Jesús Moreno Palmero
Inspector jubilado de la Policía Local
DNI 25561374W

Aviso importante

Estamos iniciando la tramitación de solicitudes en la Comunidad Valenciana, en base a la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunidad Valenciana, al objeto de que los distintos Ayuntamientos cumplan  la disposición adicional segunda del referido texto legal, y gestionen la entrega a sus policías jubilados del correspondiente carnet profesional y de la placa convenientemente modificada. Si algún compañero desea que lo solicitemos en su nombre, deberá ponerse en contacto con nosotros. Estamos a vuestra disposición.

Accede a un  vídeo en el logo  siguiente.

ACCEDE AL VÍDEO

Galería

Un Policía Local jubilado,  comprometido con nuestra historia.

José Ramón Juan Sala es un Policía Local jubilado que reside en Novelda, provincia de Alicante. Prestó servicio durante 35 años en la Policía Local de Petrel, una población cercana, y ahora dirige el Museo de la Policía Local de Novelda, que se encuentra  en las propias dependencias policiales. Además de la laboriosa y compleja tarea a la que dedica un considerable  tiempo y esfuerzo, es el autor  del libro  “HISTORIA DE LA POLICÍA LOCAL DE PETREL”, y en la actualidad está investigando y  documentándose,  para elaborar  otro proyecto sobre un libro de historia relacionado con la Policía Local de Novelda, que  se encuentra muy avanzado, aunque confiesa también que tiene aún otras iniciativas para explorar en un futuro.

Describir el Museo es una tarea muy compleja, dado que cuenta con innumerables objetos, aunque aún no se ha expuesto todo el material que obra en su poder por razones de espacio, que serán solucionadas a corto plazo. Para conocer en profundidad esta exposición , es indispensable y obvio manifestar que hay que visitarla, y mientras tanto, acompañamos algunas imágenes y sugerimos accedáis al documento  editado por la  INTERNATIONAL POLICE ASSOCIATION (I.P.A.)SECCIÓN ESPAÑOLA - COMUNIDAD VALENCIANA, en dónde encontraréis interesantes detalles de la exposición permanente y conoceréis un poco sobre la personalidad de nuestro compañero.

Nos complace también comunicar, que en breves fechas publicaremos una nueva sección denominada “RINCÓN DE LA HISTORIA”,  en dónde José Ramón nos aportará información de gran interés para los que queremos conocer nuestro pasado.

La imagen superior es propiedad de la Policía Local de Novelda

La Exposición Permanente de la Policía Local de Novelda cerrará provisionalmente sus puertas en el mes de diciembre , para realizar unas importantes reformas. Mientras tanto, si queréis visitarla, contactar con José Ramón en el número de teléfono :

619113690

 

En la ventana inferior podéis acceder al artículo  de la INTERNATIONAL POLICE ASSOCIATION (I.P.A.)
SECCIÓN ESPAÑOLA - COMUNIDAD VALENCIANA

 

Vídeos

Podemos aportar ....

Siempre seremos lo que fuimos, y seguiremos sirviendo.



¡ Felicidades !

 

 

El pasado viernes,  7 de octubre, tuvo lugar el merecido  homenaje por la jubilación del Subinspector-Jefe de la Policía Local de  Turre, en Almería, D. Miguel Ángel Flores Ortega. Al acto asistieron representantes de la Corporación Municipal, con la Sra. Alcaldesa al frente, una representación de las Jefaturas de Policía Local de la provincia, así como familiares y amigos, que arroparon al recién jubilado en tan emotivo evento. Desde esta Asociación, le deseamos una feliz jubilación,  y éxito en su  nuevo proyecto de vida.

 

 

 

 

 

 

 Un compañero galardonado en numerosas ocasiones.

Juan Hernández Vázquez

 

Policía Local en el Excmo. Ayuntamiento de Ibi, desde 1981 hasta 1991, año en que decidió trasladarse al municipio de Berja, provincia de Almería, en dónde prestó servicio hasta el año 2019, en el que se jubiló como Oficial Jefe. Entre sus distinciones cuenta con la " Medalla a la Permanencia " y la "Encomienda", con la que le ha distinguido en estas fechas, la Asociación de Jefes y Directivos de las Policías Locales de Andalucía (AJDEPLA). 

¡Enhorabuena, compañero!

 

¡ Nosotros no te olvidaremos, compañero !

El pasado 1 de abril, falleció  Diego Triviño, policía jubilado que ostentó la Jefatura de la Policía Local de Ibi, en Alicante

Inspector Jefe 
D. Diego Triviño Guerrero

A las aladas almas de las rosas

del  almendro de nata te 

requiero,

que  tenemos que hablar de 

muchas cosas,

compañero  del alma, 

compañero.

"Elegía a Ramón  Sijé"

Miguel Hernández

 

 

 

 

 

 

Es tan difícil escribir unas líneas sobre ti, compañero,  entre otras razones porque nunca, en nuestro interior, esperábamos  que pudiera vencerte  esa adversidad y  confiábamos en tu recuperación; sabes que era el deseo de todos nosotros, aunque muchos ni siquiera pudimos transmitírtelo.

Ningún reproche, decidiste no compartir fuera de tu entorno familiar el difícil reto al que te enfrentabas y a nosotros solo nos queda respetar tu voluntad. Nos duele tu marcha, pero es infinitamente más insoportable el vacío y la pérdida que sufren tu esposa, tus hijos, y demás allegados, a los que no encontramos una sola palabra que pueda consolarles.

Ya has volado al infinito y a nosotros, hasta que te acompañemos, solo nos queda una tarea, y es la de luchar para que no se olvide nunca quien fuiste, y tu aportación, con errores y aciertos, a la modernización de la Policía Local, destacando además tu sacrificio personal por una vocación, como así también lo hicieron Pedro y Lorenzo,  que lamentablemente también nos dejaron.

No faltará quien censure este escrito alegando que existían diferencias entre nosotros y que nos acusen de hipócritas y falsos, no nos importa. Claro que en cuarenta años de convivencia existieron desencuentros y situaciones difíciles, enfados, criticas, fracasos, pero fueron muchos mas nuestros grandes momentos, nuestras alegrías y nuestros éxitos.

A pesar de todo, siempre fuimos una sola cosa; compañeros. Y aprendimos a soportar defectos y aprovechar virtudes, a convivir unidos  y a esforzarnos por nuestro objetivo común: el servicio.

En cada calle y en cada rincón de nuestro pueblo, siempre habrá algunos ojos que observen  detalles que recuerden tu paso y que mantengan vivo tu recuerdo, porque tu partida no es el final de nada.

¡ Hasta siempre, compañero ! 

Policías Locales de Ibi, D. Lorenzo Treviño  Grueso y D. Pedro Izquierdo Díaz.

Has dejado una fuerte huella

Constituida la Asociación de Policía Locales Jubilados de España

El pasado día 1 de junio de 2.022, se constituyó en la localidad de Ibi, Alicante, al amparo de la Ley Orgánica 11/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, la Asociación denominada POLICIAS LOCALES JUBILADOS DE ESPANA , siendo aprobados sus Estatutos, incorporados al Acta Fundacional como anexo, por los que se va a regir la entidad,  y que fueron leídos en este mismo acto y aprobados por unanimidad de los reunidos, resultando a la vez designada la Junta Directiva que gestionará la misma, hasta que se celebre la primera " ASAMBLEA GENERAL ".

Nuestra finalidad y objetivos quedan resumidos en esta página, si se accede a la correspondiente pestaña, pero nos gustaría tener un contacto más directo con los compañeros interesados en unirse a esta iniciativa y poder transmitir el espíritu de la misma, nuestras ideas para un futuro, y, en definitiva, cuales son nuestras aspiraciones para este numeroso colectivo.

Todos y cada uno de los que nos hemos comprometido en esta aventura no tenemos más interés y vinculación, que la firme convicción de que no estamos dispuestos a consentir, que tras haber dedicado toda nuestra vida al servicio de las policías locales de toda España, no seamos dignos del reconocimiento, respeto y consideración de la Administración,  y en algunos casos, incluso de nuestros antiguos compañeros, por la simple razón de alcanzar una determinada edad. Ya no formamos parte de las plantillas orgánicas, eso resulta incuestionable, sabemos que hemos perdido nuestra condición de funcionarios, pero no el honor de haber sido policías y haber servido a la sociedad, y por ello, reclamamos nuestro espacio, por humilde que sea, porque nos corresponde legítimamente. Muchos hombres y mujeres Policías Locales, lamentablemente, ya se han marchado, y es su recuerdo, el que debe empujarnos a no permitir que el tiempo y algunas erróneas concepciones sobre nuestro estatus deriven en el anonimato.

Algunas Administraciones  ha contemplado en parte nuestra situación mediante la inclusión de algunas referencias  en sus Leyes de Coordinación de Policías Locales, pero éstas no se han desarrollado prácticamente, y en algunas Comunidades Autónomas, ni siquiera existen, lo que constituye un reto añadido para conseguir los mismos derechos en toda España.

Resulta aún mas importante para nuestros fines,  el poder lograr vínculos de amistad y transmisión de conocimientos entre todos aquellos que en su día pertenecimos a las Policías Locales, por lo que fomentaremos todo tipo de actividades para potenciar ese nexo.

Estamos  iniciando  un ambicioso proyecto  que no será posible desarrollar sin vuestra colaboración, esperamos de todos vosotros algo más que una afiliación, vuestros documentos, escritos, fotografías y comentarios que publicaremos, y vuestra colaboración directa con la Junta Directiva, nos hará crecer rápidamente para alcanzar nuestras metas.

 

 

POLICÍAS  LOCALES JUBILADOS

Muchos hombres y mujeres de España, cada uno de ellos por diversos motivos, tomaron la decisión de ingresar en las policías de los distintos municipios de este país. No era tarea fácil, seguro que algunos no contaban con la suficiente preparación, otros carecían además de vocación, y no se puede descartar que también existieran personas con intereses determinados  que no se ajustaran a la verdadera motivación.

Pero lo cierto es que, esas personas, que inicialmente prestaban sus servicios en la calle sin medios, muchas veces sin armas que garantizaran su seguridad y la de los ciudadanos a los que pretendían proteger, sin vehículos, ni medios para poder comunicarse, y que recorrían las calles de los pueblos y ciudades, con independencia de las condiciones climáticas y de que los días fueran festivos o laborales,  fueron el germen de una realidad que en la actualidad vienen a denominarse Policía Local, Urbana o Municipal, según el lugar en dónde desarrollen sus funciones.

No resultó tarea fácil, se necesitaba una determinada disposición para poder asumir que la sociedad no entendía la existencia de estos incipientes cuerpos policiales, a los que despectivamente se les denominaba "municipales" o "serenos" y que, en algunos casos, ni siquiera los propios responsables políticos tenían en consideración.

Afortunadamente, con el desarrollo de determinados preceptos contemplados en nuestra Constitución, y que se plasmaron con posterioridad en la diversa legislación relativa a la Administración Local en materia de Seguridad Ciudadana , las diversas policías del ámbito local comenzaron a asumir progresivamente diversas responsabilidades acordes a la modernización de nuestro sistema de seguridad, alcanzando en la actualidad niveles de preparación e intervención que nada tienen que envidiar a otros  cuerpos de seguridad, en su ámbito de actuación.

Los diversos Cuerpos de  Policía Local se han ganado en el transcurso de los años el respeto y la consideración de todos  los ciudadanos, que ya consideran que en su entorno, existe una respuesta policial cercana, rápida y eficaz, que le garantiza de alguna manera la existencia de una protección efectiva.

Esta realidad podrá ser en parte consecuencia de determinadas políticas que durante estos años se han ido implementando, pero no cabe duda que, sin  el personal humano  en el que se sustentaron, no habría sido posible  el actual escenario.

Resulta gratificante observar a nuestros jóvenes policías con los medios y preparación con los que cuentan, de sus resultados y objetivos, y nos sentimos muy orgullosos de ello, y, aunque nos lo quieran negar, consideramos que fuimos los que ya no estamos, los que crearon la bases para que ellos puedan ejercer su profesión con el orgullo y respeto que se merecen.

De esos policías que en su día contribuyeron a fomentar esta realidad, muchos han fallecido, otros están enfermos o no están considerados por la sociedad, ni siquiera por sus antiguos compañeros, y es esta certeza la razón que nos empuja a tomar la decisión de que no aceptamos ser olvidados.

Tenemos una historia, con luces y sombras,  pero a la que no estamos dispuestos a renunciar, y este, va a ser uno de los medios para poder revindicar nuestras peticiones, y sobre todo, una llamada a nuestra unidad para defender nuestros legítimos intereses.

Policías Locales jubilados y Leyes de Coordinación

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, atribuye a las comunidades autónomas la facultad de coordinar la actuación de las policías locales dentro de su correspondiente ámbito .

Revisadas las distintas Leyes de Coordinación de Policía Locales de todas y cada una de las Comunidades Autónomas, y , salvo error involuntario, solamente hemos encontrado cuatro que hagan referencia a los policías locales que han pasado a la situación de jubilados y que contemplen algún reconocimiento a su nuevo estado. Las restantes, sólo mencionan el momento y las condiciones en que esta jubilación se producirá, pero no ofrecen reconocimiento alguno a esa futura situación.

Comunidad Valenciana

Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunidad Valenciana

DISPOSICIONES ADICIONALES

Segunda.

Miembros jubilados del cuerpo.

El personal funcionario de los cuerpos de policía local de la Comunidad Valenciana que hayan perdido dicha condición por jubilación, mantendrán la condición de miembro jubilado del cuerpo con la categoría que ostentaran en el momento de la jubilación, y podrán vestir el uniforme en actos institucionales y sociales solemnes, disponer del correspondiente carnet profesional y conservar la placa emblema,  convenientemente modificados conforme a lo que reglamentariamente se determine.

Islas Baleares

Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears. Disposición transitoria undécima. 

Reconocimiento de los miembros jubilados de la policía local

Los funcionarios y las funcionarias de las policías locales de la comunidad autónoma de las Illes Balears que hayan perdido esta condición por jubilación, mantendrán la condición de miembro jubilado del cuerpo, con la categoría que ostentasen en el momento de la jubilación, podrán vestir el uniforme en actos institucionales y sociales solemnes, disponer del correspondiente carné profesional y conservar la placa emblema convenientemente modificados de acuerdo con lo que reglamentariamente se  determine.

Disposición transitoria undécima introducida por el artículo sexagésimo segundo de la Ley [ILLES BALEARS] 11/2017, 20 diciembre, de modificación de la ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears («B.O.I.B.» 23 diciembre). 

Ciudad Autónoma de CEUTA

Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta con fecha 2 de julio de 1997

Reglamento policía local

ARTICULO 98 CARNET PROFESIONAL

3. A los funcionarios en situación de jubilados se les facilitará una tarjeta de identificación profesional similar a la descrita en el número anterior, en la que figurará destacadamente la situación de jubilado.

Comunidad de Madrid

DECRETO 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que

se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la

Comunidad de Madrid

Artículo 104

Documento de identificación profesional

3. Cuando los miembros de los cuerpos de policía local accedan a la situación de jubilación, el carné de identificación profesional reflejará la misma.

Comunidad  Autónoma de Andalucía

En el momento de redactar estas líneas, tenemos conocimiento de que la nueva  Ley de Policías Locales de Andalucía supera el debate de totalidad en el pleno del Parlamento. Este Proyecto de Ley de Policías Locales de Andalucía,  ha superado el miércoles 14 de julio de 2022 el debate de totalidad en el Pleno del Parlamento andaluz, por lo que ahora comenzará su tramitación parlamentaria en comisión.

En cuanto a la jubilación, se plantea que "el personal funcionario de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía que haya perdido dicha condición por jubilación, sea forzosa o voluntaria, mantendrá la condición de policía local jubilado, con la categoría que ostentase en el momento de la jubilación, podrá vestir el uniforme en actos institucionales y sociales solemnes,  disponer del correspondiente carné profesional y conservar la placa convenientemente modificada, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine".

 

 

 

 

 Andalucía

Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales

Aragón

Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón

Principado  Asturias

Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales

Islas Baleares

Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears

Canarias

Ley 6/1997, de 4 de julio, de coordinación de Policías Locales de Canarias

DECRETO 75/2003, de 12 de mayo, por el que se establecen las normas marco y otras normas de Coordinación de Policías Locales de Canarias

Cantabria

Ley 5/2000, de 15 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales

Castilla La Mancha

Ley 8/2002, de 23-05-2002, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha

Castilla y León

Ley 9/2003, de 8 de abril, de coordinación de Policías Locales de Castilla y León

Cataluña

Ley 16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales

Comunidad Valenciana

Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana

 Extremadura

Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura

 Galicia

Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales

La Rioja

 

Ley 5/2010, de 14 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de La Rioja

Comunidad de Madrid

Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid

Región de Murcia

 

Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Comunidad Foral 
de Navarra

Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra

País Vasco 

 

Decreto Legislativo 1/2020, de 22 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Policía del País Vasco

Ciudad Autónoma de CEUTA

Ilustre Pleno de la Asamblea de la Ciudad de Ceuta con fecha 2 de julio de 1997

Reglamento policía local

Ciudad Autónoma de MELILLA

Decreto Nº 138, de fecha 28 de marzo de 2019, relativo al Reglamento de  Policía Local de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Estas son algunas de las secciones de esta página que pretendemos crear:

Galería de imágenes.

Vídeos.

Noticias de interés.

Artículos de opinión.

Motoristas de la Policía Local de Ibi en la década de los 80

 

Esperamos vuestras aportaciones. 

Fotografías, artículos, colaboraciones, comentarios, cualquier idea que podáis proponer, son suficientes para enriquecer esta ventana día a día. Animaros a colaborar.

 

 

 

 

Queremos haceros saber que esta página pretende transmitir la iniciativa de un grupo de Policías Locales que han pasado a la situación de jubilados, y que sus intenciones quedan reflejadas en la pestaña "OBJETIVOS", además de que podéis recibir más detalles si nos lo reclamáis. Hemos constituido una asociación sin ánimo de lucro, transparente, democrática, basada en principios éticos claramente definidos, por lo que ya en nuestro inicio , ofrecemos a quien nos lo solicite todos y cada uno de los documentos que pudieran ser de su interés, así como información actualizada de cada una de nuestras actividades y de los recursos con los que podamos contar. La actual Junta Directiva se creó por imperativo legal mediante el Acta de Constitución de la Asociación, pero será renovada en el momento de que se convoque la primera Asamblea General.

Advertimos desde un principio que nuestros fines quedan claramente establecidos en nuestros Estatutos, y no resultan otros, salvo que en un futuro se decida por parte de una Asamblea Extraordinaria alguna modificación o inclusión. De esta manera, y en el respeto absoluto al género, condición sexual, confesión religiosa, creencias personales, e ideología política de sus integrantes, esta asociación abre sus puertas a todo policía local  jubilado que lo desee, respetando en todo momento la opinión de sus afiliados y sus aportaciones, pero debemos resaltar que no consentiremos injerencia ni intromisión alguna por parte de organizaciones sindicales,  políticas o de cualquier grupo reivindicativo, ya que nuestro único interés es el de los propios policías que en su día lo fueron, y que se merecen un trato diferente y un reconocimiento hasta el momento casi inexistente, principios que no consentiremos se utilicen con otras intenciones.

Nuestra aventura comienza en Ibi, provincia de Alicante, en la denominada "Foia de Castalla", lugar en el que los pueblos de la Comarca establecieron los cimientos de la industria dedicada a la fabricación del juguete y que hoy en día es un importante referente industrial, pero nosotros pretendemos gestionar la unión, no solo en nuestra Comunidad Valenciana,  sino en toda España, de todas las personas que hemos dedicado nuestras vidas a servir a los ciudadanos y que ahora nos están dejando de lado.

Por ello, si consideráis argumentos suficientes,   ¿a qué esperáis?.

 ¿Estás interesado?

Ponte en contacto con nosotros y te informaremos de nuestro proyecto. 

¿ A qué esperas?

Debemos estar unidos para evitar que nos olviden.

Este campo es obligatorio

Este campo es obligatorio

He leído y acepto la política de privacidad. Estoy de acuerdo en que estos datos se almacenen y procesen con el fin de establecer contacto. Soy consciente de que puedo revocar mi consentimiento en cualquier momento. Responsable: ASOCIACIÓN POLICÍA LOCALES JUBILADOS DE ESPAÑA. Finalidad: Responder a su consulta. Destinatarios y encargados del tratamiento: No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos. Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.*

Este campo es obligatorio

* Indica los campos obligatorios
Hubo un error al enviar su mensaje. Por favor, inténtelo de nuevo.
¡Gracias! Nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.

Contáctanos y te informaremos de nuestro proyecto.

Teléfono : 655 98 22 41

De lunes a viernes, de 17:00 a 19:00 horas.

Si deseas pertenecer a la Asociación, puedes utilizar el formulario que contiene el enlace inferior.

 

Te enviaremos la correspondiente información antes de que tomes una decisión .

Necesitamos su consentimiento para cargar las traducciones

Utilizamos un servicio de terceros para traducir el contenido del sitio web que puede recopilar datos sobre su actividad. Por favor, revise los detalles y acepte el servicio para ver las traducciones.